Nuevos topes de facturación para monotributistas y autónomos

La Ley de Alivio Fiscal sancionada por el senado estableció los nuevos montos de facturación para monotribustistas y autónomos

Los nuevos topes de facturación para monotributistas y autónomos comenzarán a regir desde hoy 1 de julio, de acuerdo a los establecido por la ley de Alivio Fiscal sancionada ayer por el Senado, que beneficia a alrededor de 4,5 millones de monotributistas y 140.000 autónomos.

La ley actualiza la facturación de los monotributistas para evitar que tengan que cambiar de categoría y pagar mayores cuotas y, por otro, aumenta las deducciones del impuesto a las Ganancias que pagan los empleados que revisten en la categoría de autónomos.

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Así se elevó en un 60% el monto tope de las primeras cuatro categorías del monotributo, y en un 29% la del resto mientras que en las dos primeras -A y B- se eliminó el pago del componente impositivo, por lo que la cuota mensual pasó a ser de $ 288 y $ 555 por mes, respectivamente.

Este beneficio es para los monotributistas “puros”, es decir para quienes no tienen otros ingresos ya sea por jubilaciones, relación de dependencia, rentas financieras o alquiler de inmuebles.

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Monotributo

De acuerdo a lo definido en la ley, la facturación que podrá alcanzar cada categoría del monotributo será:

  • $ 748.382 para la A
  • $ 1.112.459 la B
  • $ 1.557.443 la C
  • $ 1.934.273 la D
  • $ 2.277.684,56 la E
  • $ 2.847.105,70 la F
  • $ 3.416.526,83 la G
  • $ 4.229.985,60 la H
  • $ 4.734.330,03 la I
  • $ 5.425.770,00 la J
  • $ 6.019.594,89 la K

Los cambios impactan positivamente en la situación económica de 4.498.419 monotributistas, de los cuales el 39% residente en el Área Metropolitana Buenos Aires (AMBA) y el 61% restante en el resto del país.

Con respecto a los autónomos, se determinó de 2 a 2,5 veces la deducción especial y en triplicar la de nuevos profesionales.

Fuente: Telam 

 

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