Prohíben el financiamiento en cuotas para compras en el exterior

La restricción tendrá vigencia a partir del 4 de julio y se aplica sobre los productos o servicios adquiridos en el exterior.

El Banco Central dictaminó la prohibición de las compras en cuotas en el exterior. La medida tendrá vigencia a partir del 4 de julio e incluye pasajes y servicios turísticos – que ya se había anunciado en noviembre pasado – y productos postales “puerta a puerta”.

“Lo que se desalienta es la oferta que hizo alguna entidad de poder financiar en cuotas en pesos un consumo en dólares. Al igual que cuando se desalentó la venta de criptos en el sistema financiero, se hace antes de que se generalicen esas propuestas”, señalaron fuentes del Banco Central.

“Entidades financieras y los proveedores no financieros de crédito no deberán financiar en cuotas las compras de sus clientes –personas humanas y jurídicas– de “productos en el exterior que se reciban por el sistema de envíos postales sin finalidad comercial según el Código Aduanero, ni de servicios internacionales de fletes, couriers y gestoría de trámites aduaneros”, indicó el comunicado oficial.

Los consumidores que quieran comprar deberán tener en cuenta que cada uno puede recibir hasta 12 envíos por año calendario de hasta USD 50 cada uno, libres de impuesto, según lo establecido por AFIP.  Cuando realice la declaración del consumidor debe abonar la tasa de gestión de correo que incluye: costos de almacenaje, presentación a la Aduana y gestión administrativa para cada uno de los envíos que llegan desde el exterior.

Si la compra es superior a los USD 50 se debe abonar el 50% del excedente en concepto de impuestos aduaneros, al tipo de cambio oficial.  El sistema contempla productos para uso personal que no superen los 20 kgs. y USD 3.000.

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