Habrá que registrarse y firmar Declaración Jurada para la segmentación de subsidios de luz y gas

Con esta medida busca identificarse al 10% de los usuarios con mayor capacidad de pago.

El Gobierno oficializó la segmentación de subsidios para residenciales para los servicios de luz y gas a través del Decreto 332/2022 publicado en el Boletín Oficial. Para mantener el subsidio, los usuarios deberán registrarse y firmar una Declaración Jurada. “Lograr valores de la energía razonables y susceptibles de ser aplicados con criterios de justicia y equidad distributiva”, es el objetivo que se suscribe el texto.

De esta manera, el titular de los servicios realizará el registro y la firma de la Declaración Jurada para, posteriormente, continuar con el subsidio en caso que corresponda. Para quienes no son titulares, se dispone la figura del “Usuario o Usuaria residencial del Servicio” para facilitar el pedido del subsidio.

El trámite puede realizarse a través de un formulario digital donde se evaluará la capacidad de pago del hogar a partir de condiciones socio-económicas verificables. Luego se establecerán 3 niveles según la capacidad de pago de cada hogar.

Los niveles
Nivel 1: mayores ingresos

Son aquellos usuarios que deberán costear el importe total del consumo de gas y electricidad. Para este nivel, la reducción del subsidio se aplicará de manera gradual y en tercios bimestrales. Deben reunir al menos una de las siguientes condiciones:

  • Ingresos mensuales netos superiores a un valor equivalente a 3,5 Canastas Básicas Totales (CBT) para un hogar 2 según el INDEC.
  • Ser titulares de 3 o más automóviles con antigüedad menor a 5 años.
  • Ser titulares de 3 o más inmuebles
  • Ser titulares de 1 o más aeronaves o embarcaciones de lujo
  • Ser titulares de activos societarios que exterioricen capacidad económica plena.
Nivel 2: menores ingresos

Esta categoría incluye a quienes la corrección del importe les represente un incremento del 40% del Coeficiente de Variación Salarial (CVS) del año anterior. Las condiciones para alcanzar este nivel son:

  • Ingresos netos menores a un valor equivalente a 1 Canasta Básica Total (CBT) para un hogar 2 según el INDEC
    Integrante del hogar con Certificado de Vivienda (ReNaBaP)
  • Domicilio donde funcione un comedor o merendero comunitario registrado en RENACOM
  • Al menos un integrante del hogar posea Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur
  • Al menos un o una integrante posea certificado de discapacidad expedido por autoridad competente
  • Considerando a los integrantes del hogar en conjunto, tengan un ingreso neto menor a un valor equivalente a 1,5 Canastas Básicas Totales (CBT) para un hogar 2 según el INDEC.

No podrán ser parte de esta categoría quienes:

  • Sean propietarios de 2 inmuebles, considerando a los y las integrantes del hogar en conjunto
  • Sean propietarios de un vehículo de hasta 3 años de antigüedad, excepto los hogares donde exista al menos un o una conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD).

Tanto el nivel 1 como el 2 no tendrán nuevas modificaciones en los precios de referencia definidos por el Gobierno Nacional en todo el 2022.

Nivel 3: Ingresos medios

Quienes no estén alcanzados por los Niveles 1 y 2 se verán impactados por una corrección del componente de Energía que alcanzará el equivalente al 80% del Coeficiente de Variación Salarial (CVS) del año anterior.

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