Ya entró en vigencia la Ley de Eutanasia en Uruguay

La rúbrica del documento oficial habilita el acceso a este procedimiento para individuos con patologías irreversibles que cumplan requerimientos clínicos estrictos. Con la implementación de este protocolo, la administración nacional asegura el cumplimiento de una normativa debatida extensamente por diversos sectores sociales.

Uruguay se consolidó como el tercer país de América Latina en legalizar la muerte asistida. El presidente Yamandú Orsi firmó este miércoles el decreto reglamentario que permite la entrada en vigor de la Ley de Muerte Digna, sancionada por el Poder Legislativo a finales de 2025. Esta reglamentación es el paso final para que el sistema de salud pueda atender solicitudes de pacientes en condiciones críticas y terminales.

La normativa está dirigida específicamente a personas mayores de edad que se encuentren en pleno uso de sus facultades mentales y padezcan enfermedades incurables. El derecho puede ser ejercido por quienes sufran dolores que consideren insoportables o experimenten un deterioro progresivo y grave de su calidad de vida. Según las autoridades, el proceso nace de un consenso alcanzado tras años de deliberación en el ámbito político y civil.

El mandatario uruguayo subrayó la relevancia ética de este avance a través de un mensaje en sus redes sociales. Al respecto, Orsi manifestó: “La dignidad humana está en el centro de las decisiones más complejas. Firmé el decreto reglamentario de la ley que regula la muerte médicamente asistida en Uruguay, luego de un proceso largo de debate, reflexión y escucha”.

Protocolos de validación y garantías médicas

El procedimiento administrativo exige que el paciente presente una solicitud formal y escrita ante un profesional médico de su confianza. El facultativo responsable tiene la obligación de constatar que el solicitante es una persona “psíquicamente apta”, lo que implica que comprende totalmente su diagnóstico y las alternativas disponibles. En esta etapa, es imperativo que el sistema de salud ofrezca y explique el alcance de los cuidados paliativos como opción de acompañamiento.

Para blindar la seguridad del proceso, el decreto estipula la intervención de un segundo médico consultante que debe validar de forma independiente la situación clínica. Si ambos profesionales coinciden en que se cumplen los requisitos legales, se procede a una instancia final de ratificación de voluntad. Esta última declaración debe hacerse ante dos testigos que no tengan intereses económicos vinculados al fallecimiento del paciente.

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