Reforma laboral de Milei: los 5 puntos más importantes
El Gobierno oficializó hoy el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) anunciado ayer por el presidente Javier Milei. El paquete de medidas, que incluye cambios en materia laboral, fue rechazado por los principales sindicatos del país. Entre las principales modificaciones se destacan la reducción de las indemnizaciones por despido, la limitación del derecho a huelga y la flexibilización del mercado laboral. En detalle: Período de prueba: El período de prueba se extiende a 8 meses de vigencia. En ese plazo, el empleador puede extinguir el vínculo laboral sin expresión de causa y sin derecho a indemnización. Despido: Se crean nuevas justas causas de despido, relacionadas con la participación en bloqueos o tomas de establecimiento y la afectación a "la libertad de trabajo de quienes no adhieran" a una determinada medida de fuerza. Las asambleas sindicales deberán ser convocadas "sin perjudicar las actividades normales de la empresa o afectar a terceros" y pueden ser penalizadas. Huelga: Se limita el derecho a huelga en diversas actividades. El Decreto determina la existencia de ciertos servicios esenciales (entre los que se encuentran los sanitarios y hospitalarios y educativos) y actividades de importancia trascendental (como la producción de medicamentos y el transporte de personas), cuyos trabajadores estarán obligados a garantizar un 50% y un 75% de las tareas respectivamente. Indemnización: El DNU habilita a que cada sector negocie de manera individual la indemnización por despidos, lo que habilita la posibilidad de establecer sistemas privados de capitalización y la creación de fondos de desempleo similares a los que hoy existen en la Uocra. Además, se eliminan los aguinaldos y otros conceptos de pago semestral o anual del cálculo indemnizatorio, lo que en la práctica reduce el importe que percibirán los trabajadores despedidos. Por último, elimina las dobles indemnizaciones para las relaciones laborales no registradas. Jornada laboral: La extensión de la jornada laboral también queda circunscripta a la negociación paritaria, con el único límite de 12 horas de descanso entre jornada y jornada. Esto, por ejemplo, habilita a eliminar los regímenes de horas extras y francos compensatorios. Licencia de maternidad: El decreto reduce la obligatoriedad de tomarse los 30 días previos a la fecha de parto y permite usarlos después del nacimiento del hijo. Monotributo: El trabajador independiente podrá contar con hasta otros cinco trabajadores independientes para llevar adelante un emprendimiento productivo. Además, establece que se elimina la presunción de existencia de contrato de trabajo en los casos de prestación de servicios..
El Gobierno oficializó hoy el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) anunciado ayer por el presidente Javier Milei. El paquete de medidas, que incluye cambios en materia laboral, fue rechazado por los principales sindicatos del país.
Entre las principales modificaciones se destacan la reducción de las indemnizaciones por despido, la limitación del derecho a huelga y la flexibilización del mercado laboral.
En detalle:
- Período de prueba: El período de prueba se extiende a 8 meses de vigencia. En ese plazo, el empleador puede extinguir el vínculo laboral sin expresión de causa y sin derecho a indemnización.
- Despido: Se crean nuevas justas causas de despido, relacionadas con la participación en bloqueos o tomas de establecimiento y la afectación a “la libertad de trabajo de quienes no adhieran” a una determinada medida de fuerza. Las asambleas sindicales deberán ser convocadas “sin perjudicar las actividades normales de la empresa o afectar a terceros” y pueden ser penalizadas.
- Huelga: Se limita el derecho a huelga en diversas actividades. El Decreto determina la existencia de ciertos servicios esenciales (entre los que se encuentran los sanitarios y hospitalarios y educativos) y actividades de importancia trascendental (como la producción de medicamentos y el transporte de personas), cuyos trabajadores estarán obligados a garantizar un 50% y un 75% de las tareas respectivamente.
- Indemnización: El DNU habilita a que cada sector negocie de manera individual la indemnización por despidos, lo que habilita la posibilidad de establecer sistemas privados de capitalización y la creación de fondos de desempleo similares a los que hoy existen en la Uocra. Además, se eliminan los aguinaldos y otros conceptos de pago semestral o anual del cálculo indemnizatorio, lo que en la práctica reduce el importe que percibirán los trabajadores despedidos. Por último, elimina las dobles indemnizaciones para las relaciones laborales no registradas.
- Jornada laboral: La extensión de la jornada laboral también queda circunscripta a la negociación paritaria, con el único límite de 12 horas de descanso entre jornada y jornada. Esto, por ejemplo, habilita a eliminar los regímenes de horas extras y francos compensatorios.
- Licencia de maternidad: El decreto reduce la obligatoriedad de tomarse los 30 días previos a la fecha de parto y permite usarlos después del nacimiento del hijo.
- Monotributo: El trabajador independiente podrá contar con hasta otros cinco trabajadores independientes para llevar adelante un emprendimiento productivo. Además, establece que se elimina la presunción de existencia de contrato de trabajo en los casos de prestación de servicios.